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- Registro de Morosos-
¿Quieres saber si estás en una lista de morosidad?
¿Se encuentra en algún fichero de morosidad?
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¿Qué son los registros de morosos?
Los ficheros, registros o listas de morosos son Sistemas de Información Crediticia (ASNEF, RAI, CCI…): el usuario que aparece inscrito en ellas no es una persona fiable financieramente, no es solvente. Las empresas de todo tipo los consultan, con lo que ser incluido en uno de estos ficheros puede afectar mucho a un consumidor, haciendo que, por ejemplo, le nieguen una tarjeta de crédito, un préstamo o, incluso, no pueda comprar o contratar unos servicios.
La inclusión en un fichero de morosos o de solvencia patrimonial es una práctica habitual como medida de presión para reclamar una deuda.
Póngase en contacto para consultar lista morosos.
¿Cuándo pueden incluirte en un fichero?
Nuestro equipo podrá ayudarte en todo lo que necesites, no dudes en contactar con nosotros
- Cuando tengas una deuda “cierta, vencida y exigible”, es decir, tiene que ser una deuda real, que se debió pagar en una fecha pasada con la que no se ha cumplido, es decir, que pueden reclamarla.
- Esa deuda debe ser de más de 50 euros.
- Tampoco pueden incluirte si la deuda está discutiéndose en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral.
- Es preciso que en el momento de contratar el bien o servicio (o en el momento de pedirte el pago) te hayan advertido de la posibilidad de acabar en un registro de morosos si no cumplías.
- Los datos del deudor los debe de suministrar el acreedor o quién lo hace por su cuenta o interés.
- El plazo máximo de estancia de los datos en el fichero es de hasta cinco años desde la fecha de vencimiento de la obligación que ha causado la deuda.
Si te incluyen, te vas enterar
Deben avisarte de que puedes acabar en el fichero si no pagas alguna cantidad (indicándolo en el contrato, o bien mediante un requerimiento formal para pagar en un plazo determinado, aclarando que si lo incumple serás incluido en el fichero). Pero además, si la empresa a quien debes dinero te acaba inscribiendo como moroso, el propio fichero está obligado a informarte en no más de 30 días de que ha sido incluido de quién es el acreedor y cuál es el importe que te reclama, así como de cuáles son los derechos que te asisten, que son los derechos ARCOL (de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento).
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¿Qué hacer para salir del fichero de morosos?
Si es un error:
En muchas ocasiones la inclusión se ha realizado por error, o la deuda no es real, o no se cumplen los requisitos para la inscripción en el fichero (está en juicio o pendiente de arbitraje, la cuantía es menos de 50 euros, etc). o bien se trata de un caso de suplantación de personalidad… Esa deuda no existe, pero te han apuntado. ¿Qué haces?
· Debes solicitar la baja al titular del fichero en cuanto te avisen de la inclusión.
· El titular del fichero debe responder en 10 días.
· Si no te responden, debes denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): este organismo abrirá un expediente que puede concluir en sanciones para la empresa acreedora y la gestora del fichero.
· Además, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados por una incorrecta inclusión.
Si reconoces la deuda:
Si no es un error y reconoces la deuda tras la notificación de la inclusión en el registro:
· Paga la deuda cuanto antes y pide justificantes del abono.
· Tienes derecho a que eliminen tus datos del fichero. Solicita que te den de baja en la lista de morosos: pídelo al titular con el DNI y la copia del pago. Es el derecho de Cancelación.
Si no puedes pagarla:
Si no puedes pagar, tendrás que sufrir las consecuencias de estar en el fichero, pero no indefinidamente. Pasados cinco años a contar desde la fecha en que debiste haber pagado, el fichero debe borrar la inscripción. Como siempre, más vale cerciorarse de que lo hacen.
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