Todo lo que deberías saber sobre el derecho de desistimiento

¿Podrías contabilizar las veces que has comprado algo y lo has querido devolver? En este punto, aparece el derecho de desistimiento. Basta con acreditar que se quiere desistir la compra o el contrato, bajo los supuestos previsto por ley. Es decir, no vale cualquier cosa.

No siempre se puede ejercer el derecho de desistimiento. Por norma general, en las compras online o contratos firmados a distancia juega un papel importante el no ver el producto físicamente. Este punto le haremos una especial mención más adelante.

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¿En qué consiste el derecho de desistimiento?

¡Fácil! Es la facultad que tiene una persona de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándolo en el plazo establecido y bajo el cumplimiento de todos los requisitos legales, sin necesidad de justificación ni penalización.

Si hay una cláusula que imponga una penalización, per ejercer este derecho se declarará nula de pleno derecho. Se tiene derecho a desistir en los siguientes casos:

  • En los supuestos legales previstos
  • Cuando así lo reconozca la oferta, publicidad o el propio contrato

Si se le atribuye este derecho al consumidor/a, el empresario/a debe:

  • Informar por escrito del contrato de una forma clara y precisa. Del derecho a desistir y de los requisitos/consecuencias de su ejercicio.
  • Además, debe entregar un documento de desistimiento, indicando los datos necesarios para ejercerlo.

Características del derecho de desistimiento

Artículo 69: Obligación de informar sobre el derecho de desistimiento

El empresario tiene la obligación de informar por escrito (en el documento contractual) de este derecho. Además debe ser de una forma clara, comprensible y precisa; este documento de desistimiento debe identificar el nombre y la dirección a quien debe enviarse y los datos identificativos del contrato y de los contratantes a los que se refiere.

Artículo 70: Formalidades

Este derecho no estará sujeto a ninguna formalidad. Se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.

El plazo será de 14 días naturales y comenzará desde la entrega del producto. Si el empresario no informa de este derecho o no incluye en el pedido un documento de desistimiento, el derecho de desistimiento pasa de 14 días a 12 meses.

Artículo 71: Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento

Tendrá un mínimo de 14 días naturales, si el empresario no cumple con el deber de información y documentación, el plazo finalizará 12 meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial.

Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración del desistimiento.

Artículo 73: Gastos vinculados al desistimiento

Este derecho no implicará ningún gasto para el consumidor.

Artículo 76: Devolución de sumas percibidas por el empresario

Cuando el consumidor haya ejercido este derecho, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y sin retención de gastos.

Deberá entregarse antes de que transcurren los 14 días naturales desde la fecha en que se informó de ejecutar este derecho. Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor haya recibido el dinero, tendrá derecho a reclamar la cantidad duplicada.

¿Cuándo se puede ejercer este derecho?

Este derecho No se puede ejercer siempre, hay límites. El artículo 103 del TRLDCU establece las siguientes excepciones:

  • La prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo conocimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento.
  • Prestación de servicios cuyo precio dependa de las fluctuaciones del mercado financiero.
  • Suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados.
  • El suministro de bienes que puedan deteriorarse con rapidez.
  • El suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por cuestiones de higiene
  • Suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
  • Suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado con anterioridad
  • Contratos en los que el consumidor solicita específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente.
  • El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas que hayan sido desprecintadas por el consumidor
  • Suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas.
  • Contratos firmados mediante subasta pública
  • Suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor.

Este proceso no se suele conocer mucho, pero es completamente real. No es un proceso complejo, pero a veces, implica la presencia de abogados expertos que sepan realizar una reclamación. En nuestro despacho, al tener este tipo de demandas se decidió escribir este post para saber cuando se puede reclamar.

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